viernes, 16 de enero de 2009

Periodo sobre la revolución liberal

Sitúa junto a cada fecha el reinado correspondiente:
1814-1833: Fernando VII.
1833-1840:Regencia de Maria Cristina.
1840-1843:Regencia de Espartero.
1843-1868:Isabel II.


Sitúa junto a cada fecha el periodo correspondiente:
1814-1820:Sexenio absolutista.
1820-1823:Trienio liberal.
1823-1833:Década ominosa.
1833-1840:Regencia de Maria Cristina.
1840-1843:Regencia de Espartero.
1843-1854:Década moderada.
1854-1856:Bienio Progresista.
1858-1863:Gobierno de la unión liberal.
1863-1868:Crisis del final del reinado de Isabel II.


Sitúa junto a cada constitución los periodos en los que estuvo vigente en el periodo entre 1814 y 1868, su carácter y el tipo de soberanía que establecen:

Constitución de 1812:La Constitución española de 1812, también denominada La Pepa, fue promulgada por las Cortes Generales de España el 19 de marzo de 1812, día de San José, y de ahí el sobrenombre de Pepa que le dieron los gaditanos.Oficialmente, estuvo en vigencia dos años. con la vuelta a España de Fernando VII.Posteriormente estuvo vigente durante el Trienio Liberal,así como durante un breve periodo en 1836-1837, bajo el gobierno progresista que preparaba la Constitución de 1.837.La constitución establecía el sufragio, la libertad de imprenta, abolía la inquisición, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria, entre otras cosas.

Estatuto Real:A la muerte de Fernando VII en 1833, su esposa, Maria Cristina deBorbón,accede al trono en calidad de Regente ante la minoría de edad de Isabel II. Se encontrará enfrentada al hermano del fallecido, Rey fallecido, Carlos Maria Isidro deBorbon, que no reconoció la derogación de la Ley Sálica que impedía a las mujeres acceder al trono de España hecha por Carlos IV y ratificada y promulgada por el propio Fernando VII y que llevaría al enfrentamiento bélico entre los pretendientes a la Corona conocido como la Primera Guerra Carlista.
El fin del periodo absolutista de la Restauración animó a los liberales, defensores de la Regente, a que rigiera nuevamente la constitución de 1.812 elaborada por las Cortes de Cadiz.
La posición de la Regente no es clara respecto al restablecimiento de la Constitución, y encarga a Francismo Martinez de la Rosa, a la sazón Presidente del consejo de ministros la elaboración de una nueva norma. Junto a Javier de Burgos y no pocas dificultades, el diez de abril de 1834 se promulga el Estatuto Real a modo de carta otorgada que pretende superar la anterior norma fundamental de 1812 y contentar a liberales y moderados.

Constitución de 1837:A la vista de los enfrentamientos que surgieron entre moderados y progresistas, se originó una crisis del Estatuto Real, lo cual provocó que la Reina Regente, Maria Cristina de Borbon, tuviese que verse forzada a restaurar la Constitución de 1.812. Con esta medida se dio paso a la formación de un Gobierno de corte progresista y a la consiguiente elección de unas Cortes Constituyentes encargadas de llevar a cabo la correspondiente reforma constitucional.
Es por ello que la Constitución de 1837 fuese obra, en su inmensa mayoría, de los progresistas, pero siempre buscando alcanzar un carácter conciliador. Los principios inspiradores en los que se basó fueron esencialmente los conculcados por la Constitución de 1812 y como principio inspirador el de la soberanía nacional.
Esta reforma constitucional introdujo en España la monarquía constitucional, e instauró unas Cortes bicamerales, además de llevar a cabo, por primera vez en el país, la incorporación de una declaración sistemática y homogénea de derechos; lo que supuso un reconocimiento ordenado de derechos individuales, más bien garantías, muy ligadas a la seguridad y propiedad, que el Título Primero recoge bajo el epígrafe "De los españoles".
Dicha constitución tuvo una vigencia de 8 años, hasta que en 1845 fue derogada y sustituida por la Constitución de 1.845,de corte moderada y conservadora bajo la presidencia del general Narvaez.

Constitución de 1845:En el verano de 1.843 moderados y progresistas no gubernamentales derribaron al general Baldomero Espartero para establecer un gobierno provisional. En el año 1844, Narvaez sustituyó a Gonzalez Bravo como Presidente del consejo de ministros. Una de sus primeras actuaciones fue la reforma de la Consstitución de 1.837, de la que sale una nueva Constitución, la de 1.845, con una base doctrinal diferente. Mientras para la Constitución del 1837 la base era la soberanía nacional, para la moderada del 1845 la base son la monarquía y las cortes, como instituciones que regulan la concordancia entre los antiguos fueros y las libertades y necesidades de la época.
La Constitución sustituye la soberanía nacional por una soberanía compartida rey-cortes. Las Cortes tambien llamadas "cuerpos colegisladores" se organizan en dos cámaras: el congreso de los diputados y el senado. El congreso pierde autonomía frente al monarca y al prolongarse su mandato durante cinco años y restringirse el derecho al sufragio se debilita el contacto con los electores. En cuanto al senado, se vincula fuertemente a la corona, ya que puede haber un número ilimitado de senadores de nombramiento real. En muchas ocasiones, Isabel II utilizó el senado para apoyar gobiernos de su confianza, en los períodos en que el congreso estaba cerrado o pendiente de una elección.

Constitución de 1856:Se trató de un proyecto constitucional que nunca llegó a ser promulgado; también llamada ‘non nata’ porque no llegó a entrar en vigor y que llegó a recoger los planteamientos más avanzados del ideario liberal progresista y que anticipa algunas de las ideas desarrolladas con posterioridad por la constitucion de 1869; en donde, se venía a reafirmar el principio de lasoberanía nacional; aunque ahora de forma absoluta, de modo que nada se da por preconstituido y todas las instituciones, incluida la corona, encontrarían su fundamento en la voluntad de la nación, también reconocía ampliamente los derechos políticos e instalaba, por primera vez en España, un régimen de tolerancia religiosa. Se continuó manteniendo el sufragio directo censitario, extendiéndose también al Senado, restingiendo aún más el cuerpo electoral. Se restablecía además, al igual que lo hacía la constitucion de 1.812, la diputación permanente de las cortes, estableciendo como facultad la de velar por la observancia de la constitución cuando las cortes estuviesen cerradas.
Se trata de una constitución un tanto rígida; ya que establece un procedimiento bastante engorroso de reforma; procedimiento que en parte fue seguido por el resto de constituciones que se promulgaron con posterioridad.


Relaciona cada uno de los siguientes militares con un partido político:
Espartero: Partido progresista.
Narváez: Partido moderado
O´Donell: Unión liberal.
Prim: Partido carlista.
Serrano: Partido demócrata.
Zumalacárregui: Partido carlista.


Sitúa junto a cada fecha el hecho correspondiente:
1814: Derrora de Napoleón.
1820:Comienza el Trienio Liberal.
1822: Regencia de Urgell.
1823: Cien Mil hijos de San Luis.
1825: Bolivia se independiza.
1827:sublevación carlista en Cataluña.
1833: Primera Guerra Carlista.
1833: Fernando VII restablece la Pragmatica sanción, en virtud de la cual se designa heredera a su hija Isabel II en perjuicio de su hermano Carlos María Isidro deBorbón.
1836:Mendizabal decreta la venta de todos los bienes de las extintas órdenes religiosas, dentro del proceso desamortizador.
1839:Abrazo de Vergara.
1842:- Baldomero Espartero ordena el bombardeo de Barcelona hasta la rendición de la Junta sublevada
1846: Levantamiento de Solís o revolución de 1846, en Galicia.
1854: Manifiesto del Manzanares.
1854: Batalla de Balaclava.
1858:Aprobación del Proyecto de Reforma Interior y Ensanche de Barcelona.
1859: Las tropas francesas y españolas conquistan Saigón.
1861: Espedición a Indochina.
1865:termina la Guerra de Sucesión. Abolición de la esclavitud
1866: Pacto del Ostende.
1868: En España se produce laRevolución de 1.868—apodada la Gloriosa— que derrocará a la reina Isabel II.

1 comentario:

el profesor dijo...

Prim es demócrata/progresista y O´Donell de la Unión Liberal -9-